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Wed, 9 Mar 2011 08:38:09 +0100
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David, la ley contempla el requisito para el depósito en repositorios de 
lo cual, como ya anuncie en su momento, me alegro mucho, por otra parte 
todavia no esta aprobada.
Sin embargo la noticia a la que aludia  se trata de   un debate a nivel 
político sobre el acceso abierto y las ventajas que ello puede traer a 
todas las partes de la sociedad, que es algo diferente y pone de 
manifiesto el interés público por este tema.
Buenos días
Reme


-- 
Reme Melero
Científico Titular CSIC
IATA
Avda Agustin Escardino 7, 46980 Paterna, Valencia
Tel 963900022 ext 3121
www.accesoabierto.net








  El 08/03/2011 11:50, David Gómez Domínguez escribió:
> En nuestro panorama nacional este aspecto queda recogido en el “Proyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación” (http://www.micinn.es/portal/site/MICINN/menuitem.29451c2ac1391f1febebed1001432ea0/?vgnextoid=6ba4259e8e5f6210VgnVCM1000001d04140aRCRD) presentado el 19 de mayo de 2010 en el Congreso de los Diputados que en su Artículo 36 “Difusión en acceso abierto” del Capítulo II (1) del Título III (2) dice:
>
> “2. El personal de investigación cuya actividad investigadora esté financiada íntegramente con fondos de los Presupuestos Generales del Estado hará pública una versión digital de la versión final de los contenidos que le hayan sido aceptados para publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas, tan pronto como resulte posible, pero no más tarde de doce meses después de la fecha oficial de publicación”.
>
> “3. La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso abierto reconocidos en el campo de conocimiento en el que se ha desarrollado la investigación, o en repositorios institucionales de acceso abierto”.
>
> Ver: "Datos sobre el acceso abierto en España: el caso de los repositorios institucionales" http://www.biblogtecarios.es/davidgomez/datos-sobre-el-acceso-abierto-en-espana-el-caso-de-los-repositorios-institucionales
>
> Saludos,
> ----
> (1)Título III.- Impulso de la investigación científica y técnica, la innovación, la transferencia del conocimiento, la difusión y la cultura científica y tecnológica
> (2)Capítulo II.- Transferencia y difusión de los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación y cultura científica y tecnológica
>
> ------------------------------
>
> David Gómez Domínguez
> Gestor del conocimiento
> Observatorio de la Infancia en Andalucía
>
>
> ----------------------------------------------------
> Para darse de baja IWETEL pincha y envia el siguiente url
> mailto:[log in para visualizar]
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>    


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